El Decreto 2265 del 8 de marzo de protección de los pueblos indígenas, es promulgado después de que la Zona del Arco Minero ya está decidida, no reconociendo el derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa establecida en las leyes venezolanas y en los convenios internacionales suscritos por Venezuela (Convenio 169 de la OIT).

